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| Convenio AFES- FUNDACIÓN SAN EZEQUIEL MORENO |
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03-12-2007 |
A.F.E.S.-FSEM
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE A.F.E.S. (A.F.E.S. FOMENTO EMPRESARIAL DEL SUR) Y FSEM (FUNDACIÓN SAN EZQUIEL MORENO)
En Humanes de Madrid, a 26 de Octubre de 2007.
DE UNA PARTE:
D. Ignacio Vidal González, con D.N.I: 08031523-S, con domicilio a estos efectos en C/ Pico Santa Catalina 21-23, P.I. Los Linares, 28970 Humanes de Madrid. (Centro de Empresas “Eduardo Barreiros “ ), y en calidad de Presidente de A.F.E.S. (Asociación Fomento Empresarial del Sur) con C.I.F: G -82059080.
Y DE OTRA PARTE:
Bárbara Marqués Diez con DNI: 17.734.086-M y en calidad de Presidenta de Fundación San Ezequiel Moreno, con C.I.F: G50884907 y con domicilio a estos efectos en C/ Baviera, 12-14 bajos, 28028 Madrid.
EXPONEN:
Que la Asociación Fomento Empresarial del Sur (en adelante A.F.E.S.) tiene como vocación conseguir que las empresas de la zona sur de la región tengan el sitio que se merecen en las distintas instituciones. Asimismo tiene entre sus fines fundamentales la cooperación entre empresarios y comerciantes que la constituyen para el desarrollo comercial e industrial de su ámbito de influencia así como la colaboración con los demás empresarios y comerciantes a los efectos de propugnar con su unidad la mejora de sus estructuras negociables, promoviendo entre otros aspectos, estructuras varias y de saneamiento además de la promoción y asesoramiento en general así como en los aspectos inherentes a esta asociación, careciendo esta Asociación de cualquier tipo de afán o finalidad de lucro.
Que la Fundación San Ezequiel Moreno (en adelante FSEM), es una organización sin ánimo de lucro de ámbito estatal que centra su actividad en analizar y ofrecer respuestas a las necesidades sociales, formativas y laborales que aparecen en la relación entre trabajadores inmigrantes, trabajadores autóctonos y empresarios, a través de sus servicios y programas especializados en inmigración y entorno laboral.
Que en base a conversaciones mantenidas entre ambas organizaciones, se ha detectado un campo de actuación común que responde a objetivos de ambas organizaciones y en el que la experiencia y representatividad de A.F.E.S. y la especialización de la FSEM pueden unirse para ofrecer mejores servicios al empresariado relacionado con ambas organizaciones.
En el marco del planteamiento expuesto y con la voluntad de llevar a cabo una cooperación fructífera, las partes concurrentes acuerdan establecer el presente acuerdo de colaboración en base a las siguientes:
CLAUSULAS
1. Que ambas partes consideran necesario firmar un convenio de Colaboración, en el cual quede reflejado la unión de entidades, para llevar a cabo de forma conjunta cuantas actividades y gestiones crean y estimen oportunas en beneficio y apoyo a las empresas y trabajadores inmigrantes de la Comunidad de Madrid.
2. Establecer como objetivos conjuntos, una estrecha colaboración mutua para fomentar el asociacionismo y fundacionismo tanto empresarial como socio-laboral, potenciar el desarrollo industrial, fomentar el empleo y la formación; y crear un vínculo de colaboración permanente en apoyo del sector empresarial y laboral; utilizando y distribuyendo todos aquellos recursos disponibles de las diferentes Administraciones e Instituciones Públicas, con el fin de conseguir el fortalecimiento de todos los industriales y comerciantes y la integración socio-laboral de los trabajadores inmigrantes de la zona, y en general de toda la Comunidad de Madrid.
3. Que este convenio sea el instrumento base para la creación de nuevos y prósperos proyectos encaminados a conseguir el desarrollo sostenido del tejido empresarial-laboral y de la Comunidad de Madrid.
Que en base de lo anteriormente expuesto, las partes que intervienen en la representación que ostentan,
ACUERDAN
PRIMERO: Suscribir un Convenio de Colaboración entre ambas entidades, entre otros, los siguientes objetivos:
1. Firmar un convenio entre FSEM y A.F.E.S., con una vigencia de un año desde la firma del mismo, renovable automáticamente por períodos anuales, salvo manifestación expresa de alguna de las partes.
2. Fortalecer la colaboración entre ambas entidades, con el firme objetivo de favorecer al tejido empresarial y laboral y la integración de los trabajadores inmigrantes en la Comunidad de Madrid. La FSEM y A.F.E.S. designarán un interlocutor en su organización para desarrollar el presente acuerdo. Dichos interlocutores permanecerán en contacto durante la vigencia del mismo.
3. Potenciar el Desarrollo Industrial, Comercial y laboral, velando por el mantenimiento de sus infraestructuras, poniendo en práctica técnicas de gestión medioambiental y promover cualquier otro proyecto de índole laboral, que contribuya a la comunidad sostenida de nuestra industria, comercio y desempleados y evitando la emigración y fomentando la inserción laboral de inmigrantes.
4. Velar por la convivencia Inmigrantes-Vecinos-Comercio-Industria-Desempleados, mediante la creación de talleres de formación, encuentros promovidos por Ayuntamientos, Cámara de Comercio e Industria de Madrid, Ceim, etc… en colaboración con A.F.E.S.- FSEM, concienciando de la importancia de un buen entendimiento de todos estos colectivos que en definitiva componen el entramado de la comunidad empresarial representada.
5. Promover, canalizar y distribuir recursos humanos adecuados, para las industrias establecidas en la zona de influencia.
6. Fomentar y promocionar el pequeño comercio tradicional, y la incorporación de nuevos trabajadores inmigrantes y autóctonos, ubicado en la zona para mantener su actividad mercantil; creándoles el entorno adecuado y preservar su continuidad.
7. Fomentar el empleo y el reciclaje de trabajadores autóctonos e inmigrantes mediante cursos de formación continuados, seminarios, jornadas, etc. Practicar la implantación de nuevas tecnologías y comercio exterior.
8. Celebrar Jornadas y Encuentros Empresariales, así como realizar campañas promociónales encaminadas a la dinamización y sensibilización al tema de la inmigración de las empresas. La FSEM quedará a disposición de la A.F.E.S. para organizar charlas, debates o sesiones informativas entre sus asociados en cualquier tema competencia de la Fundación, elaborando documentos especializados sobre novedades legislativas e información sobre procedimientos a requerimiento de la A.F.E.S. para difundir entre sus asociados.
9. Colaboraciones mutuas entre las Revistas Empresariales y otros medios de difusión bajo (acuerdos específicos). En concreto, A.F.E.S. pondrá a disposición de la FSEM las vías de comunicación que tiene establecidas con sus asociados, en este caso envíos de información y periódico, con el fin de facilitar la difusión y promoción de los servicios a empresas (Contratación en España y en países de origen, Acogida y Vivienda, Formación, Traducción etc.) y de los proyectos dirigidos a trabajadores inmigrantes de la FSEM.
10. Solicitud de subvenciones de forma conjunta para realizar cualquier tipo de actividad empresarial, formativa, de calidad, etc.; que ambas asociaciones crean interesantes para las empresas representadas.
11. Cualquier otro tipo de actividad que A.F.E.S. y Fundación San Ezequiel Moreno decidan importantes para fomentar y potenciar el desarrollo empresarial la inserción de inmigrantes.
SEGUNDO: Que las distintas acciones a desarrollar, el contenido de las mismas, así como la base financiera para acometerlas, serán establecidas de común acuerdo entre ambas asociaciones, en el segundo semestre de cada año natural, para el ejercicio siguiente.
TERCERO: Los compromisos que adquieren ambas partes en este Convenio de Colaboración son:
1. Informar y asesorar de cuantas acciones y actividades se lleven a efecto, a las empresas y sus trabajadores inmigrantes de la zona de influencia.
2. Delimitar en el segundo semestre de cada año natural los compromisos y actuaciones establecidas en el presente Convenio de Colaboración, a desarrollar dentro de la Comunidad.
3. Colaborar estrechamente en la defensa de cuantas acciones y decisiones vinculadas con el sector Comercial e Industrial, hayan sido desarrolladas como consecuencia del presente Convenio de Colaboración.
En adición a dichos compromisos principales:
4. Se establecerá un link en las páginas web de A.F.E.S. y la FSEM difundiendo la existencia del acuerdo entre sus asociados por medio de sus canales de difusión. A.F.E.S. quedará constituida “Antena Colaboradora” de la FSEM mediante su identificación como tal.
5. La FSEM ofrecerá a A.F.E.S. sus conocimientos y su experiencia para dotar a ésta de un instrumento especializado en materia de inmigración. Para ello, A.F.E.S. dispondrá de una línea abierta con personal especializado de la FSEM para consultas de carácter general en materia de inmigración vinculada al entorno laboral.
6. A.F.E.S., en calidad de Antena Colaboradora, recibirá regularmente el boletín informativo de la FSEM destinado a empresas y entidades colaboradoras.
7. Los miembros de A.F.E.S. interesados en los servicios por contratación de la FSEM serán derivados por A.F.E.S. para facilitar el desarrollo de los mismos. Con este objetivo, la FSEM facilitará a A.F.E.S. las tarifas vigentes de carácter orientativo de sus servicios por contratación. La FSEM, a petición de A.F.E.S., informará de la relación establecida y del estado de los servicios solicitados por dichas empresas.
8. Los miembros de A.F.E.S. dispondrán de una primera consulta especializada gratuita en extranjería y la contratación de trabajadores extranjeros. Aquellos asociados que demanden un servicio continuado de consultoría especializada u otros servicios por colaboración, se constituirán como “Empresas Colaboradoras” mediante la formalización de un Acuerdo de Colaboración con la FSEM. La FSEM informará a A.F.E.S. de la relación establecida y del estado de dichos servicios.
9. Se establecerá un procedimiento de comunicación y coordinación entre el Departamento Laboral de A.F.E.S. y las Áreas de Información y Orientación al Inmigrante e Inserción y Seguimiento de la FSEM para difundir las necesidades de personal de los asociados. La FSEM, a través de sus servicios de orientación para el empleo, pondrá a disposición de sus usuarios desempleados dicha información. Para aquellos casos en los que las empresas miembros de la A.F.E.S. soliciten un envío de perfiles ajustado a sus necesidades, la FSEM ofrecerá a la empresa una vía directa, formalizando la relación como Empresa Colaboradora, no sin antes informar y dar conocimiento de todo ello a AF.E.S.
10. A.F.E.S. podrá contratar de forma directa cualquier servicio de la FSEM siempre y cuando el destinatario de dicha acción sea la propia A.F.E.S. o, previo acuerdo con la FSEM, en el caso de ser un conjunto de empresas asociadas.
Cláusula Adicional: Cualquier otra acción que precise de acuerdo de ambas partes se añadirá al presente acuerdo. (Adenda)
Y para que así conste, se firma el presente Convenio por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha en un principio indicada en su encabezamiento.
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