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| Ampliación del plazo y flexibilización del Cálculo de pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades y del I.R.P.F. |
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28-04-2008 |
El BOE del pasado 22 de abril publicó el Real Decreto-Ley 2/2008, de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica, en el cual se aprueba la ampliación para efectuar el primer pago fraccionado correspondiente a 2008, del Impuesto sobre Sociedades y del I.R.P.F. (contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad económica con el método de estimación directa), así como la flexibilización del método de cálculo de los mismos.
El plazo para realizar el citado pago fraccionado queda ampliado hasta el próximo 5 de mayo (antes finalizaba el 21 de abril).
En cuanto al método de cálculo del pago fraccionado y con efectos exclusivos para los períodos impositivos que se inicien durante el año 2008, el presente Real Decreto-Ley permite a las empresas con facturación superior a 6.010.121,04 euros, optar por cualquiera de los dos métodos de cálculo del pago fraccionado existentes (por lo que se las exime de calcular necesariamente la base imponible de los tres, nueve y once primeros meses del año a efectos de determinar los pagos fraccionados).
El presente Real Decreto-Ley entró en vigor el pasado 22 de abril de 2008.
En nuestra sección de descargas puede encontar el Real Decreto-Ley (0041) en el que además, se incluyen otra serie de medidas fiscales, financieras y laborales, que podrían ser de su interés.
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